Presos y jubilados, lo legal y lo legítimo
Rogelio López Guillemain

Autor del libro "La rebelión de los mansos", entre otras obras. Médico Cirujano. Especialista en Cirugía Plástica. Especialista en Cirugía General. Jefe del servicio de Quirófano del Hospital Domingo Funes, Córdoba. Director del Centro de Formación de Cirugía del Domingo Funes (reconocido por CONEAU). Productor y conductor de "Sucesos de nuestra historia" por radio sucesos, Córdoba.




“Aumentaron el sueldo a los presos: ahora ganan 46% más que un jubilado” reza el titular de un reconocido periódico.
 
Esta aberración (no creo exista otro adjetivo más apropiado) es ahora evidente debido al contraste que produce en la comparativa.
 
Lo cierto es que el problema es más profundo que este hecho puntual, diría es un problema de corteideológico, conceptual y filosófico.
 
La ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de la libertad, fue promulgada en 1996, durante la presidencia de Carlos Menem.  Esto reafirma la necesidad de entender que este hecho no es eventual, no es patrimonio de este gobierno (aunque si lo exacerba) sino que es un proceso.
 
No voy a retrotraerme demasiado en la historia (aunque podría), sólo lo haré hasta la recuperación de la democracia en 1983.
 
“Hemos reemplazado la cultura del mérito por la justificación de la necesidad”.
 
Esfuerzo, logros, distinciones, orgullo, mérito; son palabras y conceptos que han perdido significación y con ellas también dejaron de tener sentido sus contracaras, desidia, falta de metas, delito, mediocridad, demérito.  Contrapunto meridiano que reza el credo del tango Cambalache.
 
Por su parte, en la actualidad, la necesidad justifica toda acción, sin importar si esta es correcta o no; los demagogos han equiparado la necesidad al derecho con la consiguiente obligación del resto a satisfacerlo.
 
Por eso vale lo mismo (o quizás menos) el mérito de un jubilado, que trabajo toda la vida; que el demérito de un preso.
 
Sin dudas las cárceles no deben ser lugares de tortura ni trabajos forzados, pero tampoco puede ser un espacio conceptualmente similar al de los colegios de pupilos o al liceo militar.  Todos ellos tienen en común que los internos no pueden salir del establecimiento, pero difieren en el por qué ingresaron.
 
Las cárceles tienen tres razones de ser; disuadir al que va a delinquir al saber lo que le espera (o al menos debería ser así), penar a quien delinque y retirar de la vida en sociedad a quien agrede a las personas y sus bienes, hasta que esté en condiciones de reintegrarse a la misma.
 
Para cumplir con el cometido de reinsertar al reo a la vida civil plena, es necesario modificar el perfil del delincuente y esto no se logra haciendo que trabaje armando bolsitas de papel.
 
Quien delinque debe saber e internalizar el concepto de que deberá trabajar y respetar al prójimo cuando salga del presidio.  Es imprescindible que comprenda que las cosas no son fáciles en la calle y no me refiero a las condiciones de vida (que posiblemente le hayan sido muy desfavorables desde siempre) sino a la actitud que deberá tomar.  Por más que las cosas no le salgan bien, deberá respetar al prójimo, ese será su real desafío.
 
Si para intentar enderezar su comportamiento, le enseñamos alguna profesión o tecnicatura y nada más, estaremos en problemas.
 
Todos los que vivimos sin delinquir debemos trabajar para pagar nuestro techo, nuestra comida, nuestro confort y nuestros entretenimientos; ¿Por qué no habrían de hacerlos ellos?
 
Si queremos prepararlos para que se reintegren a la sociedad, EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE EL RESTO, deben adaptarsea los deberes que tendrán, no sólo reclamar sus derechos.
 
Por ello, creo que los trabajos en prisión deben ser remunerados, la pregunta sería ¿Qué destino debe tener esesalario?
 
Según establece la ley, solo el 10% de la remuneración de un preso se destina a reparación del daño que produjo a un tercero.  Si queremos que se reintegre como persona proba, el recluso debe saber que cumplir con el deber y responder por las consecuencias de sus actos es fundamental, por ello debería destinarse al menos un 50% de su sueldo a este fin.  ¿Qué tipo de reinserción estaríamos procurando si no asimila estanoción?
 
Lamentablemente la Corte Suprema considera que el reo no debe pagar por su manutención mientras este recluido, ya que es un deber del estado; por lo que debemos descartar este concepto.
 
Siguiendo la línea de pensamiento que expongo, con el resto de su remuneración, los convictos podrían comprar postre para la comida, facturas para la merienda, tener la posibilidad de ver televisión y algunas otras cosas de esta estirpe.  O bien, podrían enviar dinero a su familia o guardar una parte del mismo para cuando terminen su condena.  Tendrían que optar en qué gastan el dinero, en confort o en su familia y en su futuro, aprenderían a valorarlo.
 
Como expresé antes, esto es parte de un proceso que lo vemos reflejados en otros ámbitos.  La falta de discriminación (si, discriminación) entre lo bueno y lo malo, lo excelente y lo mediocre; no sólo se patentiza en un preso ganando más que un jubilado; se descubre también en un menor delincuente que sale de la comisaría antes que el damnificado ó en un alumno que pasa de grado sin importar si estudia o no, ó en un juez que asume el cargo por filiación política y no por capacidad.
 
Estamos viviendo en un estado subversivo, un estado en donde se han subvertido los valores y las premisas que a principio del siglo XX llevaron a nuestro paísa ser modelo de lucha contra el analfabetismo, a ser una tierra de oportunidades para todos los hombres de buena voluntad.
 
Por eso, las normas, como la que define la remuneración de los presos, puede que sean legales, pero distan mucho de ser legítimas, distan de ser justas. Justicia es dar a cada cual lo que le corresponde, parece que para quienes nos gobiernan le corresponde más beneficios a los presos que a los jubilados.
                                                                           
 
 
 
 

Últimos 5 Artículos del Autor
[Ver mas artículos del autor]