Presos y jubilados, lo legal y lo legítimo

Rogelio López Guillemain
Autor del libro "La rebelión de los mansos", entre otras obras. Médico Cirujano. Especialista en Cirugía Plástica. Especialista
en Cirugía General. Jefe del servicio de Quirófano del Hospital Domingo Funes,
Córdoba. Director del Centro de Formación de Cirugía del Domingo Funes
(reconocido por CONEAU). Productor y conductor de "Sucesos de nuestra
historia" por radio sucesos, Córdoba.
“Aumentaron el sueldo a
los presos: ahora ganan 46% más que un jubilado” reza el titular de un reconocido periódico.
Esta aberración (no creo exista otro adjetivo
más apropiado) es ahora evidente debido al contraste que produce en la
comparativa.
Lo cierto es que el problema es más profundo
que este hecho puntual, diría es un problema de corteideológico, conceptual y
filosófico.
La ley 24.660 de ejecución de la pena privativa
de la libertad, fue promulgada en 1996, durante la presidencia de Carlos
Menem. Esto reafirma la necesidad de
entender que este hecho no es eventual, no es patrimonio de este gobierno
(aunque si lo exacerba) sino que es un proceso.
No voy a retrotraerme demasiado en la
historia (aunque podría), sólo lo haré hasta la recuperación de la democracia
en 1983.
“Hemos reemplazado la
cultura del mérito por la justificación de la necesidad”.
Esfuerzo, logros, distinciones, orgullo, mérito;
son palabras y conceptos que han perdido significación y con ellas también
dejaron de tener sentido sus contracaras, desidia, falta de metas, delito,
mediocridad, demérito. Contrapunto
meridiano que reza el credo del tango Cambalache.
Por su parte, en la actualidad, la necesidad
justifica toda acción, sin importar si esta es correcta o no; los demagogos han
equiparado la necesidad al derecho con la consiguiente obligación del resto a
satisfacerlo.
Por eso vale lo mismo (o quizás menos) el mérito
de un jubilado, que trabajo toda la vida; que el demérito de un preso.
Sin dudas las cárceles no deben ser lugares
de tortura ni trabajos forzados, pero tampoco puede ser un espacio conceptualmente
similar al de los colegios de pupilos o al liceo militar. Todos ellos tienen en común que los internos no
pueden salir del establecimiento, pero difieren en el por qué ingresaron.
Las cárceles tienen tres razones de ser;
disuadir al que va a delinquir al saber lo que le espera (o al menos debería
ser así), penar a quien delinque y retirar de la vida en sociedad a quien
agrede a las personas y sus bienes, hasta que esté en condiciones de
reintegrarse a la misma.
Para cumplir con el cometido de reinsertar al
reo a la vida civil plena, es necesario modificar el perfil del delincuente y
esto no se logra haciendo que trabaje armando bolsitas de papel.
Quien delinque debe saber e internalizar el
concepto de que deberá trabajar y respetar al prójimo cuando salga del
presidio. Es imprescindible que
comprenda que las cosas no son fáciles en la calle y no me refiero a las
condiciones de vida (que posiblemente le hayan sido muy desfavorables desde
siempre) sino a la actitud que deberá tomar.
Por más que las cosas no le salgan bien, deberá respetar al prójimo, ese
será su real desafío.
Si para intentar enderezar su comportamiento,
le enseñamos alguna profesión o tecnicatura y nada más, estaremos en problemas.
Todos los que vivimos sin delinquir debemos
trabajar para pagar nuestro techo, nuestra comida, nuestro confort y nuestros
entretenimientos; ¿Por qué no habrían de hacerlos ellos?
Si queremos prepararlos para que se
reintegren a la sociedad, EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE EL RESTO, deben adaptarsea
los deberes que tendrán, no sólo reclamar sus derechos.
Por ello, creo que los trabajos en prisión
deben ser remunerados, la pregunta sería ¿Qué destino debe tener esesalario?
Según establece la ley, solo el 10% de la
remuneración de un preso se destina a reparación del daño que produjo a un
tercero. Si queremos que se reintegre
como persona proba, el recluso debe saber que cumplir con el deber y responder
por las consecuencias de sus actos es fundamental, por ello debería destinarse
al menos un 50% de su sueldo a este fin.
¿Qué tipo de reinserción estaríamos procurando si no asimila estanoción?
Lamentablemente la Corte Suprema considera
que el reo no debe pagar por su manutención mientras este recluido, ya que es
un deber del estado; por lo que debemos descartar este concepto.
Siguiendo la línea de pensamiento que
expongo, con el resto de su remuneración, los convictos podrían comprar postre para
la comida, facturas para la merienda, tener la posibilidad de ver televisión y
algunas otras cosas de esta estirpe. O
bien, podrían enviar dinero a su familia o guardar una parte del mismo para cuando
terminen su condena. Tendrían que optar
en qué gastan el dinero, en confort o en su familia y en su futuro, aprenderían
a valorarlo.
Como expresé antes, esto es parte de un
proceso que lo vemos reflejados en otros ámbitos. La falta de discriminación (si,
discriminación) entre lo bueno y lo malo, lo excelente y lo mediocre; no sólo
se patentiza en un preso ganando más que un jubilado; se descubre también en un
menor delincuente que sale de la comisaría antes que el damnificado ó en un
alumno que pasa de grado sin importar si estudia o no, ó en un juez que asume
el cargo por filiación política y no por capacidad.
Estamos viviendo en un estado subversivo, un
estado en donde se han subvertido los valores y las premisas que a principio
del siglo XX llevaron a nuestro paísa ser modelo de lucha contra el
analfabetismo, a ser una tierra de oportunidades para todos los hombres de
buena voluntad.
Por eso, las normas, como la que define la remuneración
de los presos, puede que sean legales, pero distan mucho de ser legítimas,
distan de ser justas. Justicia es dar a cada cual lo que le corresponde, parece
que para quienes nos gobiernan le corresponde más beneficios a los presos que a
los jubilados.
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