Por fin, tenemos un mercado de cambios libre
José Nogueira

Corredor de cambios socio de ABC Mercado de Cambios S.C., y ex Operador de Cambio Senior en el Citibank N.A., Foreign Exchange Manager en The Chase Manhattan Bank y Vice President en el Chemical Bank, en sucursales en Buenos Aires.



El lunes 8 de Agosto de 2016 será una fecha histórica para nuestro país porque ese día el directorio del Banco Central de la República Argentina, presidido por Federico Sturzenegger, emitió la Comunicación "A" 6037, mediante la que se eliminaron, definitivamente, las normas que aún regían desde la implantación del “cepo cambiario” y, al mismo tiempo, se sancionó un nuevo ordenamiento “con el objetivo de simplificar el mercado de cambios, eliminar requisitos burocráticos y reducir los costos operativos para todos los actores”. Al respecto, la citada Comunicación en su Punto 1-1 indica que "De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nro. 260/2002, las operaciones de cambio serán realizadas al tipo de cambio que sea libremente pactado y deberán sujetarse a los requisitos y a la reglamentación que establezca este Banco Central". Sin embargo, la citada comunicación ya tenía un antecedente muy positivo, como lo fue la Comunicación “A” 5850, emitida el 17 de diciembre de 2015, en la que se dispuso que todo nuevo ingreso de fondos externos tendrá derecho a la libre salida por igual monto y al ingreso de capitales del exterior se le reduce el requisito de permanencia a 120 días y se elimina la obligación de constituir un depósito no remunerado por un año de plazo por el 30%. Se liberan los pagos de todas las importaciones de bienes y servicios que se efectúen o se planeen a partir del 17/12 y las deudas por importaciones de bienes y servicios vencidas o a vencer al 16/12 podrán cancelarse según los diversos esquemas establecidos en la citada norma.

Pero cuatro meses después, el viernes 29 de diciembre de 2016, el ente monetario nos volvió sorprender cuando dictó la Comunicación "A" 6131, que denominó "Gestión de riesgos asociados a la liquidación de operaciones de cambio", informando sobre el detalle de normas regirán a partir del 1º de Julio de 2017.

Ese documento, que en realidad, tiene el carácter de manual operativo, con una extensión de treinta páginas, detalla los lineamientos que deberán respetar las entidades bancarias para realizar las operaciones con diferentes fechas de pago, como lo son las del contado "valor hoy" y "valor hoy puesto", "valor normal" y "normal puesto" (spot valuetomorrow o tomorrownext), las operaciones a plazo (forwards) y las operaciones de pase (swaps) de tipo de cambio y también de monedas. Y con este texto, incluido en la nueva normativa, sin duda se convalidó que tales transacciones, que habían sido prohibidas por el BCRA hace más de quince años, ahora vuelven a tener plena vigencia operativa, existiendo total libertad para realizarlas a partir del próximo mes.

Además, el 5 de enero de este año el Ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, firmó un decreto por el que se eliminó la última restricción que regía en la Argentina para el ingreso de capitales, que era la obligatoriedad de que tales fondos debían permanecer inmovilizados en el país durante 120 días. Según dicha norma las divisas extranjeras que se ingresen podrán entrar y salir libremente del país. Asimismo, el directorio del BCRA aprobó una normativa cambiaria por la que se eliminó la exigencia de también ingresar las divisas que correspondan al pago por exportaciones de servicios. Hasta ahora, las empresas de este sector del comercio exterior tenían la obligación de liquidarlas en el MULC dentro de un plazo no mayor a los 365 días, aunque la nueva regulación mantuvo esa obligación sólo para quienes realicen exportaciones de bienes.
 
Y finalmente, completando su decisión de liberar totalmente la operatoria cambiaria en la Argentina, el Directorio del ente monetario dictó el jueves 27 de abril de este año una Resolución por la que se dispuso que las entidades bancarias podrán destinar parte de sus depósitos en dólares a financiar también a los importadores del exterior que compren productos o servicios argentinos. Esta variante de préstamos en dólares se podrá otorgar en forma directa a los compradores o a través de líneas de crédito a cualquier banco del exterior que participe en la operación. Según el ente monetario la medida tiene el objetivo de “impulsar la capacidad exportadora de nuestro país, incrementar su productividad y dinamizar su economía”.

Pero también sorprendió la decisión oficial de eliminar los topes para las transferencias bancarias,en pesos o en dólares. Ahora, el cliente deberá avisarle al banco que realizará una transferencia determinada, en un día específico, sin topes preestablecidos. La medida apunta especialmente a las operaciones inmobiliarias, de compraventa de automotores o “cualquier otro pago electrónico de montos elevados, eliminando la necesidad de utilizar efectivo así como también los gastos y riesgos vinculados a la seguridad”.

Pero la semana que finalizó con la grave crisis política ocurrida en Brasil el 19 de mayo pasado, incluyó una novedad muy importante que puede catalogarse como un nuevo hecho histórico positivo para nuestro Mercado Único y Libre de Cambios. En efecto, aquel día el Directorio del BCRA emitió la Comunicación "A" 6244, con una extensión de cuarenta y dos páginas. El documento, en su presentación formal, dispone que a partir del próximo 1º de Julio de 2017 "quedan sin efecto todas las normas que reglamentaban la operatoria cambiaria, la posición general de cambios, las disposiciones adoptadas por el Decreto Nº 616/5, el ingreso de divisas de operaciones de exportaciones de bienes y los seguimientos asociados a dicho ingreso, manteniendo su vigencia las normas vinculadas con regímenes informativos, relevamientos o seguimientos relacionados con dichos tópicos". Y así quedó claroque dentro de pocos días podrán realizarse en el MULC cualquier tipo de operaciones cambiarias sin tener la obligación de presentar determinada documentación que las respalde, aunque las empresas o individuos involucrados deberán cumplimentar algunas normas especiales y una declaración jurada sobre el origen y destino de los fondos respectivos y las entidades bancarias deberán informar al BCRA, únicamente con fines estadísticos, los conceptos y montos de las operaciones de cambio que se realicen.

Y tras toda la información que se acaba de comentar es indudable que los argentinos, después de tantos años de haber sufrido fracasos políticos y económicos que nos han mantenido sumergidos y aislados del mundo civilizado, nos demos cuenta y nos convenzamos de que el único camino para mejorar nuestras vidas y crecer juntos se logrará si cambiamos definitivamente nuestra forma de ser desde el punto de vista cultural. Es que lo que hemos experimentado hasta ahora, en todas sus formas, demuestra claramente los errores cometidos, principalmente el haber adoptado políticas económicas desprovistas de alma, mostrando dejar totalmente de lado la filosofía moral. 
De aquí en más debemos comenzar a valorar nuestra moneda, que es el peso, y reconocerlo como tal y de una vez por todas abandonar para siempre nuestra tendencia a preocuparnos más por el dólar estadounidense.

Pero para que esta nueva experiencia de poder vivir en libertad sea exitosa y pueda mantenerse luego dentro de carriles más o menos estables será condición ineludible de que la Argentina sea capaz también de afianzar su condición de país serio, donde las normas jurídicas y los acuerdos internacionales se respeten, las cuentas públicas se manejen con prudencia, las condiciones monetarias y económicas se gestionen con firmeza y la balanza de pagos pueda mostrar un razonable equilibrio, pero con un sostenido crecimiento del comercio con el exterior y flujos de capitales. También será necesario rebajar la presión tributaria y eliminar aranceles aplicados a las importaciones.
 
La libre flotación de nuestro peso, que será una total realidad a partir del 1º de julio próximo, constituirá un formidable desafío. Nuestras empresas exportadoras e importadoras podrán competir en igualdad de condiciones. Pero las entidades financieras y cambiarias deben encarar profundos cambios para mejorar sensiblemente los servicios brindados a sus clientes, poniendo énfasis en el asesoramiento profesional y en lograr mayor eficiencia en sus prestaciones para favorecer el comercio exterior y su financiamiento.

También, la baja de costos en el ámbito de las entidades bancarias deberá ser una realidad y su participación más activa en los mercados internacionales de divisas les permitirá brindar mejor asesoramiento, cobertura de riesgos y recomendar decisiones que optimicen los resultados de las operaciones cambiarias que se originen en el comercio con el exterior y en el movimiento de los capitales destinados a la inversión productiva.

Si logramos todo esto habrá llegado la hora de la verdad que nos hará libres y nuestro país comenzará a crecer y a desarrollarse tal cual lo hemos soñado tantas veces. Que así sea. 

 

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