Cuando vale la doble moral
Alejandro A. Tagliavini
Senior Advisor, The Cedar Portfolio. Miembro del Consejo Asesor del Center on Global Prosperity, de Oakland (California). Galardonado con el Premio a la Libertad, otorgado por Fundación Atlas para una Sociedad Libre.
El Estado moderno impone
arbitrariamente su doble moral. Y sus defensores no tienen justificación
racional, simplemente dicen que “si el Estado lo dice, o lo necesita, es bueno…”
son esos mismos políticos que, muchas veces -muchísimas-, están acorralados por
la corrupción. Quizás, el ejemplo más irritante sea el “servicio militar
obligatorio” (SMO) que me recuerda a Mirabeau, uno de los padres de la
Revolución Francesa, y su frase: "Prusia no es un Estado con ejército,
sino un ejército con Estado."
El presidente de Francia propone
una especie de breve servicio cívico-militar, obligatorio, para ofrecer
"una experiencia de la vida militar, de la mezcla social y de la
cohesión". Luego de que Jacques Chirac abolió el SMO en 1997, el proyecto actual
que, insólitamente, cuenta con el apoyo del 80% de la población, contempla un
mes de servicio para hombres y mujeres de 18 a 21 años. Según Le Monde, el costo
anual -unos € 3.000 millones- equivale al costo de la disuasión nuclear.
Hoy, debido al temor por el
terrorismo -como siempre, el miedo provocando reacciones adversas- la idea se
ha expandido por Europa al punto que el Bundestag propone un nuevo concepto de “defensa
civil” incluyendo el SMO aduciendo, además, que Rusia tiene explícitas aspiraciones
expansionistas, tanto que los países nórdicos también están promoviendo el
retorno más o menos inminente del “servicio” (¿?) obligatorio.
Es el caso de Noruega y
Suecia, cuyo ministro de Defensa parece dispuesto a promoverlo en 2019. España
es distinta. Después de que José María Aznar eliminó la conscripción
obligatoria en 2001 en oposición al Ministerio de Defensa, hoy prevalece la
idea de que un ejército profesional es mejor alternativa.
Ahora, dice Alberto Medina
Méndez que, aun suponiendo que las razones esgrimidas fueran legítimas, el
hecho de conseguirlo a expensas de sojuzgar a los demás, exime de comentarios
adicionales: aquello “impuesto por medio de la coacción no puede ser bueno… o no
precisaría de semejante atropello”.
Por su parte, según el profesor
colombiano Mario Madrid-Malo Garizábal, para el
derecho internacional consuetudinario la esclavitud es el estado o la condición
de una persona sobre la que se ejercen cualquiera de las potestades inherentes
al derecho de propiedad o de dominio. El artículo 7, 2., c) del Estatuto de la
Corte Penal Internacional entiende por esclavitud “el ejercicio de los
atributos del derecho de propiedad sobre una persona, o de algunos de ellos”.
Según el derecho internacional,
existen prácticas análogas a la esclavitud tradicional como el trabajo
infantil, el reclutamiento de niños como combatientes, la trata de mujeres y de
niños, la servidumbre por deudas y la servidumbre conyugal. En ese catálogo
falta, por cierto, una modalidad de esclavitud: el servicio militar
obligatorio. Ahora, la causa de tal omisión fue explícitamente redactada por
los interesados -los políticos y burócratas estatales que viven de la inimputabilidad
del Estado- y se halla en el artículo 8°, 3., c) II) del Pacto Internacional de
derechos civiles y políticos, norma en la cual se establece que el SMO no se
considerará como trabajo forzoso.
En fin, remata Madrid-Malo
Garizábal, diciendo sobre el servicio obligatorio que de su horrendo carácter y
de sus efectos perniciosos hablan claro las estadísticas sobre suicidio y
enfermedad mental entre las personas sometidas.
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