Órganos confiscados
Rogelio López Guillemain

Autor del libro "La rebelión de los mansos", entre otras obras. Médico Cirujano. Especialista en Cirugía Plástica. Especialista en Cirugía General. Jefe del servicio de Quirófano del Hospital Domingo Funes, Córdoba. Director del Centro de Formación de Cirugía del Domingo Funes (reconocido por CONEAU). Productor y conductor de "Sucesos de nuestra historia" por radio sucesos, Córdoba.



“El fin justifica los medios”
 
Esta frase, mal atribuida a Maquiavelo, es una síntesis de los razonamientos, posicionamientos y acciones que muchos argentinos, están asumiendo con respecto a temas inmensamente sensibles.
 
Tal es el caso de la ley que impone (salvo negativa) la donación de órganos, norma conocida como “Ley Justina”.  Pero antes de comenzar a analizar este tema, quiero aclarar que SOY UN ACÉRRIMO DEFENSOR DE LA DONACIÓN DE ÓRGANOS, PERO AUN LO SOY MÁS, DE LOS DERECHOS HUMANOS.
 
El derecho humano básico es el derecho a la vida, de él se derivan los otros dos que existen: el de la libertad y el de la propiedad.  Para que se respeten estos derechos, lo único que tiene que hacer el prójimo, es no interferir; por eso se los conocen como derechos negativos.  Todos los otros “llamados” derechos humanos son inventados, o bien por cuestiones ideológicas, o bien por una loable empatía hacia la persona necesitada; por desgracia, quienes adscriben a esta última causal están, muy a su pesar, involuntariamente al servicio de los primeros.
 
Duele en lo más profundo del alma, ver que alguien pasa penurias; el no ser ajeno a ello es natural y necesario, así como lo es también el “dar una mano” a quien la precisa.  Cuando se dice como regla de vida “no hagas a otro lo que no quieres que te hagan a ti”, eso incluye “no ignores al desvalido, si no quieres que te ignoren cuando tropieces”.
 
Pero esa actitud solidaria, debe ser voluntaria y no impuesta por el estado,  porque la NECESIDAD NO DA DERECHOS y la libre disponibilidad sobre mi propiedad, sí es un derecho.
 
La única propiedad que si o si tienen todas las personas, es su propio cuerpo.  Por ello es un derecho humano inalienable el respeto a que cada quien disponga del suyo a su voluntad.
 
Así lo asevera la propia “Ley Justina” en sus fundamentos, en donde dice: “La donación de órganos es un acto voluntario, altruista, desinteresado y solidario que tiene por fin dar vida a otros”.  Es una aberración tener que dejar constancia de una negativa a realizar un acto voluntario, es un contrasentido en términos y una burla (muy peligrosa) a la razón.
 
¿Qué sigue?, ¿seremos donantes compulsivos de sangre, salvo que nos neguemos?, ¿o donantes de médula?, ¿o de semen?, ¿o donantes de nuestro cuerpo a la ciencia médica para que se entrenen los futuros médicos de las universidades públicas?, ¿por qué no donantes obligatorio de un riñón en vida? si lo mismo podemos vivir sin problemas con un sólo riñón y de este modo PODEMOS SALVAR LA VIDA DE OTRO Y RESOLVER SU NECESIDAD.
 
Si cuando muero pierdo el derecho de propiedad sobre mi cuerpo y mis herederos también lo pierden, ¿por qué no podríamos aplicar el mismo principio a las otras propiedades, como por ejemplo los inmuebles o el dinero?  Y si ya no soy dueño de mi cuerpo y tampoco lo son mis herederos, ¿por qué deberían ellos hacerse cargo ellos de los costos que insume el difunto?
 
Hay que reconocer que los legisladores son consecuentes en sus actos; así como el niño por nacer NO TIENE DERECHO SOBRE SU CUERPO, para ellos tampoco lo posee quien tiene muerte cerebral.  Pero también debemos coincidir, en que no son coherentes en sus argumentos, dicen que la mujer puede abortar porque es dueña de disponer de SU cuerpo, pero esa misma mujer no puede disponer de SU cuerpo al momento de la muerte.
 
Esto es una muestra cabal de las contradicciones del progresismo, postmodernista y subjetivista, que está de moda y que PARECERÍA ser la ideología más inclusiva, empática y tolerante de la historia.  NUNCA puede ser bueno seguir un discurso y tomar decisiones que van en contra de la realidad; la opinión que se opone a la realidad termina siendo destructiva.  Decía Ayn Rand “se puede evadir la realidad, pero no se puede evadir las consecuencias de evadir la realidad”, por más que nos pensemos pájaros, vamos a estrellarnos en el suelo.
 
Volviendo a la Ley Justina, comprobamos que con esta norma, EL ESTADO NOS DESPOJA DE NUESTRA PROPIEDAD BASICA Y PRIMORDIAL, DEJAMOS DE SER DUEÑOS DE NUESTRO CUERPO.  Es un ultraje y un avasallamiento al derecho humano a la propiedad.
 
Sumado a esto, hay en las redes sociales, una amenaza de un político que dice que quien se niegue a donar órganos tampoco los recibirá.  Es como decir que quien no done sangre no recibirá transfusiones o quien no pague los impuestos no recibirá educación, atención hospitalaria, cuidado de la policía o respaldo de la justicia.
 
Esto sería justo, si dejásemos que las personas decidiesen libremente en el mercado, si contratan o no esos servicios, tal como sucede en los bancos de sangre o en algunas bibliotecas en las que el “precio para pertenecer” es realizar un aporte en especies.  Pero cuando es el estado el que impone esta regla, nos acercamos peligrosamente a un estado totalitario.
 
En vez de imponer, el estado podría estimular.  Dar descuento en impuestos o hacerse cargo de los gastos del difunto por ejemplo; también podría llevar formularios de donación de órganos al momento de las elecciones y promover la firma por la positiva a los votantes.
 
NUNCA un fin loable puede justificar un medio perverso.  Repito  SOY UN ACÉRRIMO DEFENSOR DE LA DONACIÓN DE ÓRGANOS, PERO AUN LO SOY MÁS, DE LOS DERECHOS HUMANOS.
 

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