El 2019 nos dejó pensando en los límites de la política real
Javier Cubillas
Analista de Asuntos Públicos, Fundación Atlas para una Sociedad Libre.




Durante todo el 2019, de punta a punta, desde lo económico financiero hasta la rosca final en el Congreso de la Nación y en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, hemos visto muestra de discursos y hechos políticos que nos obligan a retomar el valor de las ideas básicas sobre la democracia, el poder, la constitución y la libertad a fin de ubicarnos hasta donde han sido llevadas, cuanto las han estirado y desnaturalizado para lograr objetivos políticos de uno y otro grupo de gobierno de turno. Así, el Estado Nacional en estas latitudes, cíclicamente es reducido y ampliado por crisis político-económicas en las que se discute fundamentalmente, una y otra vez, sobre cómo limitarlo (república) o como distribuir (democracia) el poder bajo las ideas de la ampliación o el reconocimiento de nuevos derechos. 


En este punto, lo que se expone a debate en estos días, son aspectos claves de la idea de Estado Nación en las que se pueden distinguir los limites que dan forma a los poderes de gobierno (Constitución Nacional) y las funciones (derivado de la de la Constitución, la Ley de Presupuesto y ahora un set de delegaciones grises) que pueden llevar a cabo para cumplir en cada caso la producción de políticas estatales, políticas públicas y sus respectivos bienes públicos. 


Respecto de los límites del Estado de Derecho es claro que el mensaje presidencial del Proyecto de Ley de Solidaridad tenía la intención de trastocarlos para legalizar el Híper-Vice-Presidencialismo nuevamente. La rosca dio sanción a Ley N° 27.541 que hay que denominarla, para tomar real dimensión de la intención original, de una ley de múlti-emergencia. Y en este sentido, las funciones del Poder Ejecutivo se han ampliado considerablemente con fines a exigir a la sociedad civil esfuerzos para sostener un gasto público desorbitado. Un cuestión en debate entre los partidarios del Estado subsidiario y los del Estado ampliado o extenso en lo social, o entre el gobierno de la ley o el gobierno de la excepción y la arbitrariedad. 


Si a lo anterior traemos ahora a la idea de democracia, parece quedar esta encorsetada en todo lo anterior y puede no decirnos nada ni describir nada si no vemos la complejidad y el contexto de realización de las instituciones y libertades en cada régimen democrático real. Hay democracia liberal-republicana y hay democracia populista o iliberal. Dos democracias al fin de cuentas pero que en nada se parecen porque en nada se asimilan en materia procedimental (como son las reglas de juego) ni en sustancia o ética (el lugar de los individuos en igualdad ante y frente a la ley, o no). 


Por esto, la idea de democracia en nuestro régimen constitucional de sustento liberal, republicano y democrático, contiene y puede sostener la idea calidad institucional que requiere de la participación ciudadana, una representación a la altura de los problemas de la agenda pública, el equilibrio entre los poderes, el respeto a las minorías y la disidencia respecto al riesgo de las mayorías, y el diálogo y la libre publicidad de opiniones.


Si hay calidad institucional hay libertad frente al poder. Esto significa que las instituciones y sus funcionarios se ajustan al espíritu del régimen constitucional y a las competencias asignadas y que la ciudadanía mantiene las garantías de libertad frente a posibles abusos de poder. La Ley entonces funciona efectivamente como debido límite al poder y a su ampliación o extensión de funciones. Si esto no fuese así tendríamos un vacío cultural conforme al régimen constitucional y el valor deliberativo estaría en crisis frente al valor decisionista por relajamiento de la responsabilidad individual y grupal que terminan por convalidar una Exceptocracia (Serrafero) o estado excepcional por acumulación de poder y discrecionalidad del Poder Ejecutivo.


Finalmente, el 2019 nos permitió ver en juego estos conceptos para ver su realidad o su mera declamación respecto de las fuerzas de gobierno de turno. El actual estado de emergencia sumado a la ampliación hasta el 29 de febrero de 2020 de la convocatoria a sesiones extraordinarias con temario abierto nos debe hacer pensar críticamente en cada uno de estos conceptos para evaluar la conducta de funcionarios -funcionales y los ajustados a funciones- en pos de alcanzar la calidad institucional y resultados favorables en lo social. 


Esperemos entonces que el año bisiesto, año con 366 días, no sea considerado como el año paradojal de las excepciones y extralimitaciones legales que ponga en crisis a las libertad frente al poder en nuestro contexto social e institucional, aún cuando en la región las muestras de descontento y desafección democrática (hay que decirlo, aún en contextos de desarrollo como en Bolivia, Chile y Perú) motivan a sectores sociales al aumento de la conflictividad radicalizada en pos de una mayor democratización del poder poniendo en riesgo la gobernabilidad.


Y si aún así, nosotros viéramos reflejados hechos de discriminación e inequidad equivalentes en nuestra nación, la ciudadanía debería no olvidar y ejercer (civilizadamente) los valores del régimen constitucional vigente y sus mecanismos legítimos y legales que protegen a la libertad frente a los poderes extraordinarios para alcanzar razonadamente las soluciones a los asuntos públicos comunes.


Publicado en Perfil: https://www.perfil.com/noticias/opinion/opinion-javier-cubillas-2019-limites-politica-real.phtml

 

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