Transparencia activa para atenuar el Covid-19
Javier Cubillas
Analista de Asuntos Públicos, Fundación Atlas para una Sociedad Libre.



Las columnas proféticas en tono esperanzador, idílico, triunfalistas, casi revolucionarias sobre la transformación social que generará el nuevo coronavirus se expanden tanto como la capacidad de ataque y propagación del virus. A contrario de todo ello, si hay algo que nos ha demostrado la vuelta a la democracia en sus 37 años de vigencia, es que la Argentina en la que vivimos aún es un país ampliamente conservador en su política y económica. Tiene algunos sectores rupturistas en artes y letras y recientemente algunas islas de tecnología, pero no hay mucho más. En definitiva, somos un “híbrido” socio cultural (García Canclini, 1990) ralentizado por dirigencias petrificadas mirando el espejo retrovisor.
 
En buena medida, la sociedad tiene un reflejo primario y preeminente en la liga de los gobernadores, el “presidecentrismo” y la “exceptocracia” (Serrafero, 2005) y un “Estado de Derecho atenuado” (Quiroga, 2005). Si a esto le sumamos a los sectores empresariales que poco han logrado distinguirse sobre la media que siempre antepone el Estado a los propios grupos intermedios y a los emprendedores, poco espacio para la movilidad e innovación nos queda por reflejar.
 
La cosmovisión imperante entonces nos encuentra inmersos en un sentido común que antepone tradiciones antes que procesos de modernización. Nos encontramos con grupos de poder que nos anteponen un gasto social orientado a la subsistencia y no a la asistencia para permitir un aumento de la autonomía individual y ascenso en la escala social. Nos normalizaron que lo normal es legislar e intervenir todo lo posible ante el temor de la decisión descentralizada o espontánea de una sociedad abierta.
 
Entonces, el tiempo de la cuarentena será un tiempo que nos habrá dejado postales elocuentes de la tenue modernidad institucional y social que hemos desarrollado gracias a una nueva falta de apego a la Constitucional Nacional y sus normas operativas. También nos habrá dejado un nuevo ejemplo sobre la falta de reacción como un Estado efectivo y plenamente operativo en sus funciones básicas e ineludibles. Y finalmente, una postal de una sociedad civil retraída en su potencial, casi refeudalizada.
 
Ello invita entonces a pensar en que todavía nos debemos como sociedad llegar a implantar tres procesos sociales.
 
Una real modernidad en la relación sociedad y Estado.
 
Un proceso de modernización político y administrativo que se sustente en normas que se adecúen a estos tiempos innovadores.
 
Un triunfo de la tesis de los integrados (Umberto Eco, 1965) para las dimensiones de e-commerce, tele-medicina, tele-trabajo o home office, sistemas autónomos de gestión, etcétera.
 
Y ahondando esta postura, podríamos incluso plantear paradójicamente que resulta revolucionario exigir, aún hoy, la necesidad de una mayor publicidad y transparencia en la gestión pública, impulsada desde el Poder Legislativo, en un país que promulgó cuatro leyes de emergencia durante un plazo mayor a la mitad de su vida democrática: En 1989, Carlos Menem; en el 2000, Fernando de La Rúa; en el 2002, Eduardo Duhalde y prorrogada por Néstor Kirchner, Cristina Fernández y Mauricio Macri hasta fines del 2017, y la actualmente vigente a partir del 2019, con Alberto Fernández.
 
Por esto, llegado a esta instancia de análisis corresponde reflexionar sobre medidas concretas que puedan colaborar en un proceso de fortalecimiento institucional de los controles republicanos con actores políticos comprometidos con el régimen constitucional vigente. A estos efectos, se enuncian medidas que podrían evaluarse hipotéticamente como un aporte al contexto de excepción y emergencia.
 
1. Impulsar los controles implícitos del Congreso Nacional, evaluando la posibilidad de la conformación de una Comisión Bicameral de “Seguimiento de Estrategias y Gastos en Contextos de Riesgos y Crisis” conformada por diez senadores y diez diputados con fines de seguimiento, pedidos de informes, requerir documentación y dar a publicidad dictámenes, sobre la marcha de la gestión del Poder Ejecutivo durante la vigencia de la ley de emergencia y etapa de pandemia declarada.
 
2. Profundizar la transparencia activa, en los términos de la Ley de Acceso de la Información Pública, a los fines de que todo lo producido en materia de control concomitante tenga un reflejo informativo periódico y final para conocimiento de la Oficina de Presupuesto del Congreso, la Comisión Bicameral Mixta Revisora de Cuentas, la Auditoría General de la Nación, la Sindicatura General de la Nación, la prensa y la ciudadanía en general. De este modo se daría cumplimiento a Ley 27.275 de dar a publicidad información “clara, estructurada y entendible para los interesados y procurando remover toda barrera que obstaculice o dificulte su reutilización por parte de terceros” (Art. 32). Al fin de cuentas, esta proposición: “constituye un pilar básico para hacer efectivo el derecho de acceso a la información pública (…) y un deber que consiste en no interferir con el derecho de acceso a la información de todo tipo, que también se extiende a la circulación de información” (Basterra, 2017).
 
Estas dos medidas concretas e interrelacionadas tienen como objeto implantar una instancia ágil, de seguimiento, control, transparencia y difusión de los actos de gestión pública, sustentada en la flexibilidad requerida para los legisladores investigadores en contextos de riesgo y crisis. Este escenario exige medidas creativas e innovadoras posibilitando una rápida conformación y reunión en una sola instancia operativa, además de respetar la representatividad de los dos cuerpos y las medidas sanitarias que en este contexto se exigen.
 
Para su puesta en práctica, los antecedentes de conformación de comisiones bicamerales nos muestran que se instauran por vía de leyes y DNU, pero creemos que haciendo honor al criterio de la Corte Suprema de Justicia (CSJN, Fallos 238:76) que reza: “acontecimientos extraordinarios justifican remedios extraordinarios” (Véase Fores, Posdeley, 25/03/2020), y las restricciones impuestas por la Resolución MTE y SS N° 202/2020, y los DNU N° 260, N° 297 y N° 325/2020, bien podría conformarse la nueva bicameral por resoluciones de ambas cámaras y ser presidida por un opositor, alternándose un legislador de cada cuerpo por el plazo de un año, y funcionar por un plazo fijado para dar cumplimiento con su objeto, cumplido el plazo de vigencia de las normas de emergencia. Para el caso de la transparencia activa, la ley marco ya está establecida a esos efectos y sólo basta su ejercicio proactivo y cotidiano.
 
Motivan entonces a estas medidas, la necesidad republicana de mantener un cuerpo legislativo estable que pueda avocarse a investigar y hacer un seguimiento de la observancia de las leyes de procedimiento administrativo, de control de la administración pública y de presupuesto nacional, para alertar y buscar evitar el uso indebido de fondos públicos, el abuso y direccionamiento en las contrataciones de consultorías, agencias y ONGs en la compra de insumos básicos, medicamentos, equipos tecnológicos y los consabidos conflictos de intereses, corrupción y fraude en esta etapa de nuestra democracia.
 
Por lo pronto, medidas como estas nos acercan un poco más a una modernidad que nos es esquiva y nos obliga a poner el foco de atención en los déficits estructurales que nos limitan. Debemos reconocer entonces que estamos lejos de poder plantearnos máximas triunfalistas, radicales o revolucionarias en donde se imagina que ya nada será igual o que ingresamos a una nueva era en el mundo.
 
Si vamos empujando el carro del progreso muy de atrás corresponde que recordemos lecturas más realistas y próximas a la realidad como la siguiente, “Todo Estado democrático es sustentado y robustecido por la crítica responsable, pero, a la vez, el gobierno que detenta temporalmente el control del Estado no quiere ser criticado, es decir ningún gobierno persigue con fe la deliberación en cuestiones de trascendencia institucional y gubernamental. En esa ‘tensión’ y en la forma en que ella se defina o resuelva, se demostrará el grado de madurez de nuestra aún incipiente democracia” (Funes, J. y Rivas, F., Ar/DoC/2122/2016).


Publicado en El Economista.
 

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