El fin de la Argentina (como la conocíamos)
Carolina González Rodríguez

Abogada. Docente universitaria. Miembro del Consejo Académico de Fundación Atlas. Premiada en el "Concurso Internacional de Ensayos: Juan Bautista Alberdi: Ideas en Acción. A 200 Años de su Nacimiento (1810-2010)", organizado por Fundación Atlas.




El Decreto 522/2020 publicado el 9 de Junio de 2020 en el BO podría tenerse como la fecha exacta en la que la Argentina, tal como la conocíamos hasta entonces, murió.
Nació una nueva Argentina. Una Argentina que refrendada en legislación positiva, y aún en una posible modificación Constitucional que borre, de una vez por todas, las barreras (formales) que el kirchnerismo tiene que sortear, ingrese finalmente a la nómina de países devastados por el populismo, el estatismo y el socialismo que bien podría convertirse en un comunismo rojo, como el Cubano.
La estatización de Vicentín S.A. no es novedosa, ni mucho menos inesperada. El business-plan de Cristina, la Cámpora y todo el espectro de aplaudidores como focas del proyecto "nac&pop" es de una transparencia totalmente contradictoria con el oscuro estilo de ejercicio del poder, demostrado en los 12 años transcurridos entre 2003 y 2015. Lo dijeron con todas las letras "vamos por todo". Y "todo" es "todo".
Lo mostraron también en los hechos. Su desprecio por la propiedad privada (ajena, por supuesto) se manifestó palmariamente durante los 20 años de gobierno en el Feudo natal, Santa Cruz, donde Nestor y Cristina iniciaron sus carreras como "exitosos abogados" de los acreedores hipotecarios beneficiados por la nefasta Circular 1050, que les permitió hacerse de múltiples propiedades a precio vil.
Después, ya con "ellos" a la cabeza del Poder Ejecutivo, el estado Argentino expropió Correo Argentino en el 2003(SOCMA); AySA, en el 2006 (Aguas de Barcelona y el Grupo Suez, de Francia); Tandanor, en 2007 (consorcio internacional que conformó INDARSA); Aerolíneas Argentinas y Austral en el 2008 (Grupo Marsans); en 2010 fue estatizada la Fábrica Argentina de Aviones -Fadea- (Lockheed Martin Aircraft); en 2012, se expropió el 51% de las acciones de YPF (Grupo Repsol) y en 2013, Belgrano Cargas y Logística (SOESA, una sociedad constituía por Franco Macri, Roggio, y los gremios de La Fraternidad, Unión Ferroviaria y Camioneros... viejos amigos).
Entonces, ¿por qué tanto revuelo con la expropiación de Vicentín? En mi opinión, por varios motivos: 1) el retorno del kirchnerismo al poder, en cabeza del gestor Alberto Fernández sucede en un marco de gran preocupación por el modo de ejercer el poder que tanto Nestor como Cristina ya demostraron; 2) porque en esta ocasión, están interviniendo y expropiando una empresa con fuertes raíces locales y comunitarias, lo que no sucedió con ninguna de las otras expropiaciones, y 3) por la grosera irregularidad normativa, institucional y constitucional que muestra palmariamente la falta absoluta del criterio de oportunidad (casi digo "y conveniencia", pero hubiera sido un gravísimo error) para hacerlo.
En este caso no hay épica nacionalista de "gol", y -bien por el contrario- de tan obscena la medida se muestra como la actriz porno que es. Desnuda y descarnada. Es el primer escalón del "vamos por todo".
La situación jurídica
El propio Decreto 522/2020 admite y reconoce la existencia de tres procesos en trámite: dos judiciales (el Concurso de Vicentín S.A. y una causa penal seguida contra Guido Sandleris) y uno administrativo, como sumario iniciado en las propias entrañas del principal acreedor, el Banco Nación.
En otra muestra del desempeño peronista, el gestor Alberto Fernández "caminó" a los directivos de Vicentín. Mientras los invitaba a tomar café a Olivos; mientras les abría las puertas a que presenten "alternativas superadoras"; mientras entusiasmaba a la ciudadanía con un eventual golpe de coraje, autonomía volitiva y autodeterminación (contra las órdenes de la verdadera dueña del poder y su ejército de "jovenes idealistas" modelo siglo XXI)... mientras todo eso sucedía , la Unidad de Información Financiera se presentaba como querellante en la causa que lleva el Juez Julián Ercolini por investigación del empréstito de $18.000 millones otorgado por el Banco Nación a Vicentín. Y redoblaron la apuesta, imputando, además de a Javier González Fraga (ex presidente del Banco Nación) y a los directivos de Vicentín S.A., al propio Mauricio Macri y a Guido Sandleris. Ya veremos cómo sigue esta parte de la novela.
Vicentín S.A. se presentó en concurso preventivo de acreedores en el mes de Febrero de este año, por lo que el institucional funcionamiento de los resortes republicanos estaba garantizado. El Artículo 132 de la Ley Ley 24.522, de Concursos y Quiebras (LCQ), y el Artículo 2317 del CCyC (regulando las sucesiones) disponen los dos únicos procesos judiciales que imponen, en los jueces intervinientes, el fuero de atracción. Esto responde al justo criterio de igualdad ante la ley de un universo de acreedores que, como en el caso Vicentín S.A., pueden ser muchos y estar ubicados en distintas jurisdicciones. En estas normas se concretan los principios jurídicos de universalidad, bien común, igualdad entre los acreedores, economía procesal y razonabilidad.
A su vez, en el caso de los Concursos y Quiebras, el Artículo 109 de la LCQ expresamente dispone: "Administración y disposición de los bienes. El síndico tiene la administración de los bienes y participa de su disposición en la medida fijada en esta ley", configurándose como el auxiliar de justicia encargado de velar por la legitimidad y legalidad de las actividades comerciales de las empresas afectadas. Pero aún más, los síndicos sugieren, y es el Juez quien decide, sirviendo el síndico de doble garantía de legalidad, tanto para las empresas concursadas como para los acreedores.
El decreto de intervención firmado por Alberto Fernandez, et al, llamativamente admite que el proceso judicial observa tiempos y plazos que no resultan convenientes de respetar, máxime en la situación de "ochentena" en la que se encuentra la Argentina (dispuesta también, por supuesto, por quien ejerce la suma del poder público hoy en día, el mismo Alberto Fernández); y siendo que Vicentín representa el 9% de la oferta total exportable de los productos agropecuarios, "podría verse afectado sensiblemente y esta situación podría conllevar efectos negativos en materia laboral, comercial, económica y social"
Esta razón fundamentaría, entonces, la expropiación de todas las empresas radicadas en la Argentina, dado que, como informa el periódico El Economista"Los guarismos, provenientes del Indice de Producción Industrial manufacturero (IPIm) y el Indicador Sintético de la Actividad de la Construcción (ISAC), ambos de marzo, mostraron duras caídas interanuales: 16,8% y 46,8%, respectivamente, en un mes con cuarentena parcial. El aislamiento obligatorio recién arrancó el 20 de marzo. Ambas caídas superaron las expectativas. Además, el IPIm de marzo cayó 17% contra febrero y el ISAC, 32,3%". Imaginemos estos guarismos una vez que termine la "ochentena".
La intervención a un sociedad anónima, con un proceso concursal en trámite, por un Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por el Poder Ejecutivo es notoriamente violatorio del Art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional. Y vale aclarar que dicho Art. 99, inc. 3 es, en sí mismo, un engendro jurídico fruto de entuertos, intercambios y acomodamientos de la Convención Constituyente del '94, y que debería declarase inconstitucional de oficio, por el elemental principio de congruencia. ¿Cómo admitirlo en el marco de un sistema representativo, republicano y federal como el adoptado por la CN de 1853, y mantenido a lo largo de todas sus reformas?
Es también, y en consecuencia, violatorio del principio jurídico indiscutible que prohíbe el abuso de derecho, previsto en el Artículo 10 del CCyC. Y así lo plantearon algunos diputados de Cambiemos, al iniciar un juicio penal contra Alberto Fernández por abuso de autoridad.
Viola también (entre otros) el Artículo 29 de la CN, que reza: " El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincias, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria"
Y, hablando de los infames traidores a la Patria, tenemos entre nosotros a los "interventores" designados Roberto Gabriel Delgado, un empledo público del INTA desde 1998, que -como último renglón de su CV, disponible en la página web del INTA, díce de él "Productor Agropecuario"-. Y Luciano Zarich, ex director del RUCA, organismo encargado de "controlar" la legalidad de las operaciones agropecuarias, quien desempeñándose en ese puesto se encargó, en 2014, de borrar todas las pistas de una sospechosa empresa agropecuaria, tal como detalladamente informa el periodista especializado Matías Longoni.
La Emergencia
Entre 1983 y 2019 se han dictado, en la República Argentina, 801 Decretos de Necesidad y Urgencia (Raúl Alfonsín 1983 – 1989, 11DNU; Carlos Menem 1989 – 1999, 195 DNU; Fernando de la Rúa 1999 – 2001, 60 DNU; Adolfo Roríguez Saa, 6 DNU; Eduardo Duhalde 2002 – 2003, 154 DNU, Néstor Kirchner 2003 – 2007, 236 DNU, Cristina Fernández 2007 – 2015, 78 DNU; Y Mauricio Macri 2015 – 2018, 61 DNU). En los casos de Alfonsín y parte del gobierno de Carlos Menem, igualmente se dictaron a pesar de no contar con la regulación constitucional del Art. 99, inc. 3 de la CN.
En los seis meses transcurridos entre Diciembre de 2019 y Junio de 2020, Alberto Fernández firmó 43 DNU, incluyendo el DNU 522/20, de expropiación de Vicentín S.A.
La doctrina y, peor aún, la jurisprudencia de la CSJN, vienen convalidando una teoría que -hasta tiene nombre: "El régimen de la emergencia". El diccionario de la RAE define a la "emergencia" (en sus ascepciones aplicables a este contexto) como "Suceso, accidente que sobreviene", y "Situación de peligro o desastre que requiere una acción inmediata". Y también define "de emergencia", como aquello "que se lleva a cabo o sirve para salir de una situación de apuro o peligro".
Estas definiciones, junto con la magnitud de DNU emitidos por absolutamente todos los presidentes constitucionales y democráticamente electos, destierra para siempre la razonabilidad de estos instrumentos. Admitirlos como "legítimos" contraría el más elemental principio de la lógica formal que prohibe ser y no ser al mismo tiempo. O estamos en "emergencia", o la "emergencia" es un estadío de zozobra permanente. Pero definitivamente, no podemos estar en "emergencia permanente".
La gravedad de esta circunstancia conlleva la identificación de las "soluciones" regulatorias como definitivamente inútiles. "Suspender" los derechos constitucionales por una "emergencia" resulta, bien por el contrario, el agravamiento de la misma. La contínua interpretación judicial de las de por sí inconstitucionales regulaciones de la emergencia, implican, en realidad, una sujeción evidente de los Jueces y ministros de la CSJN a los a los intereses y beneficios de los políticos de turno.
Esta inmoral conducta de quienes tienen el rol fundamental de protegernos a todos los argentinos arroja dos principales resultados: 1) la violación palmaria de la Constitución Nacional, como instrumento rector de los meta-valores incorpordos a ella, y 2) los paupérrimos resultados de esta modalidad interpretativa generan un incesante aumento de la pobreza y la escasez. Lo que, a su vez, prueba que la teoría de la Escuela de Public Choice, o de Economía Constitucional, planteada por James Buchanan y Gordon Tullock, es rotundamente acertada. Lamentablemente, la Argentina tiene al menos 40 años de ser el laboratorio más fenomenal para la comprobación empírica de esa teoría.
El Poder Judicial
En el interín, el Poder Judicial, último bastión de la defensa de los intereses particulares de los ciudadanos, ideado como el escalón de resguardo de los ciudadanos, especialmente, frente a los abusos del poder político... cerrado por cuarentena.
Desde el año 2015 el Poder Judicial de la Nación viene desarrollando un sistema informático que nos permite a los abogados acelerar sobradamente los tiempos y los plazos insumidos en tareas rotundamente alineanantes como, por ejemplo, "hacer Tribunales" para ver los expedientes judiciales en trámite y enterarnos de las novedades acontecidas en cada uno de ellos. Hoy en día (en realidad, hasta el 19 de Marzo de 2020) sustantivos costos de transacción -también identificados por Ronald Coase, ganador del Premio Nobel de Economía en 1991- fueron eliminados merced a los avances tecnológicos disponibles, y a la voluntad política del Poder Judicial de beneficiar a ciudadanos y operadores jurídicos con su implementación. El expediente digital permitió el abaratamiento de costos de oportunidad ("el expediente no está en letra"), costos monetarios (fotocopias de la documental acompañada a las notificaciones de demandas y contestación de demandas), y costos en el recurso más escaso del mundo, el tiempo (notificaciones). La seguridad jurídica también se acrecentó, con audiencias filmadas que evitan permanencias eternas en las salas de audiencia, recursos humanos asignados al tipeo de las manifestaciones de partes y abogados, y la disminución de oportunidades para las impugnaciones sobrevinientes.
Pero nada de eso sirvió para lograr la hombría de bien y la decencia de los ministros de la Corte Suprema de Justicia quienes, sumisamente, abdicaron su poder en favor de la prepotencia del Poder Ejecutivo y el patoterismo del sindicalismo inmoral, encarnado en Julio Piumato, y dispuso una "feria judicial extraordinaria" que ya lleva tres meses, inédita en cualquier país medianamente institucional.
Hoy en día, ahora sí, los individuos estamos total y absolutamente abandonados a la buena de Dios, en una noche cerrada, con una tormenta de proporciones bíblicas, en un océano rabioso de abusos de poder, intenciones totalitarias y objetivos notoriamente aniquilantes de nuestras vidas, libertad y propiedad privada.
Dicho esto, e hilvanándolo con el rol del Poder Judicial en la profundización del "Régimen de la Emergencia", vale preguntarse si la situación sería diferente de estar los Tribunales activos y disponibles para la defensa de nuestros derechos.
La jurisprudencia existente, y el trabajo incesante de "intelectuales" mediáticos como Roberto Gargarella, por ejemplo, preocupado por las formas, más no por el fondo, y admitiendo a medias la brutalidad del crimen constitucional que esta "expropiación" ordenada por ¿Alberto?, hace que la respuesta tienda a ser más bien pesimista.
Pero no es sólo el Poder Ejecutivo kirchnerista el culpable del fin de la Argentina como la conocíamos. El Congreso, otra vez convertido en la Escribanía del gobierno, y el Poder Judicial, sodomizado por el terrorismo de estado impuesto por Alberto Fernández infudiendo miedo a la pandemia del COVID19, los hace solidariamente responsables.
El futuro
Frente a esta embestida del gobierno contra una empresa privada, es prácticamente unánime la opinión generalizada a favor de tratarse éste del primer caso testigo, parte de un plan más profundo y a mediano plazo.
Cristina Fernández publicó un video de esos en los que ella explota su verdadera vocación de celebrity del espectáculo, remacha sobre su aburridísima victimización, pero, lo más grave, vuelve a su costumbre de "escrachar" a periodistas y políticos opositores. En el video aparecen, así como quien no quiere la cosa, y mientras refiere a "los medios hegemónicos" (y dale con Pernía!!) Alfredo Leuco, la diputada por Santa Cruz, Mariana Zuvic, Nicolás Wiñazki y Daniel Santoro, Jorge Lanata y Maxi Montenegro, y la imagen de diarios en el proceso final de impresión. Raro que no mostraron la tapa de Clarín. ¿Estarán de nuevo en un cortejo de conveniencia mutua y reconciliación, como el experimentado por "ella" y su títere, el gestor Alberto Fernández?
Ineludiblemente, el proyecto kirchnerista no podría sostenerse exclusivamente en la expropiación de los medios de producción. Y en particular, de los medios de producción agropecuaria, que es la única producción verdaderamente eficiente y genuina en la Argentina.
Si hasta ahora el kirchnerismo, con sus 12 años de poder prácticamente absoluto no logró los mismos resultados Bolivarianos de Venezuela es porque la propiedad privada de esos medios de producción está dispersa entre miles de dueños, lo que -como resaltan Harold DemsetzTyler Cowen e Israel Kirzner entre otros autores de la Escuela Austríaca de Economía- dispersa, también y consecuentemente, el poder.
Asimismo, los medios de comunicación y las empresas de energía deben ser cooptados para cerrar el candado totalitario con el que, en mi pesimista opinión, concretarán sus objetivos. Y, dadas las condiciones personales y mentales de Cristina, sería razonable prever que los próximos grandes afectados resultarán, precisamente, los "medios hegemónicos", en el logro de la "soberanía informativa", para continuar luego (o mejor dicho, volver) con la "soberanía energética".
¿Y los bancos? ¿Estarán expuestos a la búsqueda de la "soberanía financiera"? Creería que el caso de este sector tendría otros resortes, a manos de sus dueños, siendo que su poder de fuego es distinto al del de los medios, el agro, el comercio, los servicios, etc. Y, además, este sector tiene lazos de largo plazo con el kirchnerismo. Entre bomberos no se pisan la manguera.
Por último, los caceroleros. Ya el Bonapartista (en forma y fondo) Ricardo Nissen al frente de la Inspección General de Justicia cumplió con el mandato instruído, y emitió la Res. IGJ 25/2020, amenazando a los propietarios de countries y barrios cerrados con la sujeción formal a otra norma por demás inconstitucional, como el Artículo 2075 del CCyC sancionado en 2015, violatorio de otro principio jurídico: la irretroactividad de la ley, y que impone la obligación de someter a todos los "conjuntos inmobiliarios" al régimen de Propiedad Horizontal.
Los últimos, ¿seremos los primeros? De cualquier manera, es simplemente una cuestión de tiempos. Y el tiempo dirá quienes serán los continuadores de Vicentín S.A. en el ataque del totalitarismo kirchnerista que, como dije, ya avisó que "viene por todo".
Estamos, entonces, viviendo en carne propia el temor de James Madison al decir “The accumulation of all powers, legislative, executive, and judiciary, in the same hands, whether of one, a few, or many, and whether hereditary, selfappointed, or elective, may justly be pronounced the very definition of tyranny.”**
La República ha muerto. Estamos, ya, viviendo en una tiranía.

 

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