La Población Carcelaria y El Comercio Exterior
Ángel Fernández
Columnista.


La Población Carcelaria y El Comercio Exterior

Parte I: De la Población Carcelaria Argentina

 
            En la actualidad, según los datos brindados por el Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), la población carcelaria Argentina ha tenido un crecimiento sostenido durante las últimas décadas, duplicando en 2011 la población presidiaria respecto al 1997. Actualmente, la cantidad total de personas detenidas asciende a 62.263, cifra record en Argentina, demostrando tener un crecimiento 9 veces mayor que la población del país.
            De la totalidad de la población, el 85% se encuentra dentro del rango de edad que oscila entre los 18 y los 44 años. Así mismo, el 95% es población masculina. El 93% posee al menos una educación Primaria. El 60% de los reclusos no trabaja, y el 55% tampoco estudia.
            Si bien en Argentina existen programas de reinserción social y laboral, la realidad es que el 32% de los detenidos condenados vuelve a la cárcel por reiteración de hechos delictivos. De igual modo, existen incontables denuncias, incluyendo de  la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde se afirman que las condiciones de detención en las provincias constituyen tratos inhumanos, crueles y degradantes. Se detalla que dentro de las cárceles se dan situaciones de violencia y malos tratos, se cometen todo tipo de delitos y violaciones de derechos humanos. Existe una alta proporción de muertes violentas (homicidios, muertes en peleas y presuntos suicidios) y gran cantidad de muertes por sida.
Sin entrar en el campo de la justificación, es en cierta medida comprensible la reincidencia de los detenidos condenados debido a las condiciones existentes dentro de los predios carcelarios.
            Como se mencionó anteriormente, el 60% de los reclusos no trabaja, el 55% tampoco estudia, hecho que repercute seriamente en los actos de violencia dentro de las cárceles y fuera de ellas, y el alto nivel de reincidencia.
            Para explicar este punto, hare hincapié en la Psicología Carcelaria. Los expertos en la rama, afirman que la internación carcelaria suele ser uno de los sucesos más traumáticos que pueda experimentar una persona, ya que se reúnen varios atributos de naturaleza traumática: ruptura con el ritmo y estilo de vida habitual, el encierro permanente, la perdida de privacidad, y sobre todo, la subjetividad previa de estar ingresando a un ámbito violento, sin escapatoria.
            Estudios han demostrado que a nivel cognitivo, la vida prolongada en prisión tiende a empobrecer psicológicamente y desocializar a las personas detenidas. A nivel emocional, se han detectado 3 modalidades de afectación:
-       Por un lado, que con el paso del tiempo, tienden a aumentarse en forma desmedida los niveles de ansiedad y estrés de aquellos detenidos que ya ingresan con niveles elevados a prisión. Lo que resulta en un alto riesgo de suicidio durante las primeras semanas de detención.
-       Por otro lado, la convivencia del preso con la denominada “cultura carcelaria”. Esta implica el conjunto de normas, valores y actitudes que tienden a darse entre los internos. Las normas giran en torno a no ser delator, aguantar sin quejas el encarcelamiento y no meterse en problemas, pero si reaccionar (generalmente con violencia) ante ofensas y amenazas, dando por resultado un estado de violencia latente a nivel diario, provocando enfrentamientos, muchos finalizados con heridos y hasta muertos. La expectativa de una estadía prolongada en prisión, la falta de vínculos externos y el hacinamiento, contribuyen a la identificación del sujeto con esta cultura carcelaria.
Por último, el shock emocional al quedar en libertad. Volver a buscar su lugar en la sociedad, reencontrarse con personas y ambientes que han cambiado mientras el tiempo en prisión se estanca en la rutina y la monotonía, y el prejuicio social a ex convictos. De esta forma, no es infrecuente escuchar en prisión historias de sujetos que volvieron a delinquir solo para poder regresar a la cárcel.
 

Parte II: El ejemplo chino en el Comercio Exterior

 
            China es actualmente la segunda economía del mundo. A mi parecer, combina capitalismo con comunismo de una forma exitosa. Ya que, si bien sus fronteras comerciales se abrieron a todo el mundo, con aranceles cada vez más bajos desde su integración a la OMC, posee un sistema de gobierno Comunista, con políticas laborales que así lo demuestran.
            Si bien en los últimos 5 años se estuvieron reformando leyes laborales para mejorar la calidad del trabajador, la realidad es que se explotan a los trabajadores, con extensas horas de trabajo pesado y baja remuneración. Actualmente, China posee en promedio, un salario mínimo de 1600 Yuanes, lo que equivalen a USD 260.62, sin embargo, su PBI per Cápita es de USD 6807.43, lo que demuestra la desigualdad clasista a nivel social. Para dar una idea de esto, el salario mínimo actual en Argentina es de $4400, lo que equivale (cotizado al dólar oficial) a USD 519.98. Exactamente el doble que en China.
            El hecho de contar con una extensa mano de obra barata, China ha logrado insertar sus productos manufacturados al mercado internacional, a muy bajos precios y con una calidad ascendente. Así mismo, el sistema educacional vigente, permite que la calidad de la mano de obra sea cada vez mejor y más especializada. Factores que empujaron a China de ser una economía emergente tras la caída de la Unión Soviética, a ser la segunda economía en el mundo en tan solo dos décadas. Actualmente, comercializa más que toda la Unión Europea junta. Siguiendo su ejemplo, varias economías de oriente están emergiendo a pasos agigantados.
            Para competir con China, varios países, entre ellos USA, han estado usando medidas desesperadas (en algunos casos desleales) de subsidios y restricciones comerciales, buscando equiparar los precios chinos y frenar el ingreso de sus productos a nivel nacional. En el caso de los países exportadores de materia prima, tal como Argentina, la brecha en la balanza comercial es cada vez mayor, ya que la proporción entre exportaciones de bienes sin valor agregado y la importación de bienes manufacturados es muy residual.
            Así como China, otros países tales como México e India muestran una ventaja comparativa difícil de igualar. México, por ejemplo, posee un capital humano calificado que puede llegar a compararse con el de países desarrollados, sin embargo mantiene un bajo costo, lo que ayuda a atraer inversión extranjera.
            India, por otro lado, se convirtió en el mayor fabricante y exportador de motores debido a que muchas plantas industriales norteamericanas fueron trasladadas allí, no solo por su mano de obra calificada y barata, sino por su gran desarrollo en materia tecnológica.
            A nivel nacional, las políticas keynesianas aplicadas en Argentina en los últimos años, causan que los sueldos deban aumentar considerablemente para llegar a ser tentadores. Actualmente, el sector más sufrido de esta política es el campo, ya que no hay demanda laboral para los trabajos del tipo golondrina. En el pasado, la gente que realmente necesitaba trabajo para alimentar a sus familias, tomaba aquellos trabajos temporarios, rotando entre las diversas plantaciones. Hoy día, la facilidad en la percepción de asignaciones familiares causan que por una cuestión de comodidad, la población ya no migre internamente para satisfacer estos empleos. Ante tal situación, los productores se ven obligados a aumentar sus costos de producción, provocando ineludiblemente el aumento de los precios o la disminución de los márgenes de rentabilidad.
 

Parte III: La población carcelaria como potencial productivo

 
            Tal como lo establece la Ley 24660, Capítulo VII, Art. 106, El trabajo constituye un derecho y un deber del interno. Es una de las bases del tratamiento y tiene positiva incidencia en su formación. Así mismo, el Art. 119, avala que el trabajo y la producción podrán organizarse por administración, bajo las formas de ente descentralizado, empresa mixta o privada, por cuenta propia del interno o mediante sistema cooperativo. 
            Desde el punto de vista psicológico, el trabajo es una situación humana ante la cual el hombre responde con un cierto tipo de conducta. Para describir psicológicamente el efecto del trabajo, debemos tener en cuenta tres aspectos: personal, productivo y social. El trabajo es una actividad personal, es decir, es un hombre en toda su integridad el que trabaja y en el trabajo forja su vida, desarrolla su personalidad e influye en la vida y personalidad de los demás. Es una forma de hacerse a sí mismo y de hacer a los demás.
            El trabajo es una actividad productiva. El hombre al trabajar siempre produce algo que satisface o pretende satisfacer una necesidad, conveniencia o demanda de la sociedad.
            Por último, el trabajo es una actividad social. El hombre trabaja en una situación interpersonal y social, trabaja con otros y su trabajo también depende de los otros, de las relaciones humanas que existan en la empresa, del sentido que al trabajo se le dé en la sociedad en que la empresa se integre y de la estructura general de la sociedad. El trabajo en este sentido es una forma de convivencia y una autentica escuela de formación social.
            Habiendo dicho esto, vuelvo a aclarar que actualmente el 60% de Los reclusos no trabajan, lo que causa un efecto de hacinamiento permanente, aumentando los índices de violencia en la denominada “cultura carcelaria”.
 

Parte IV: Utilización de la Población Carcelaria como Mano de obra Barata para el Comercio internacional

 
            Como se señaló anteriormente, los principales factores que diferencian a China, México e India son: mano de obra barata y calificada. Ante tal situación, se demostró que Argentina resulta un país caro para producir basado en que el salario mínimo nacional equivale al doble del salario mínimo en China.  Sin embargo, aquellos son países cuyo fuerte económico es la industria, sector que requiere mayor población.
            En vista que el fuerte argentino siempre fue el agro, y en consideración que es el sector más afectado por las políticas keynesianas utilizadas, mi propuesta es hacer un uso provechoso de la población carcelaria para cubrir los puestos del trabajo golondrina para aquellos productores que excluyentemente se dediquen al comercio exterior.
            Lo que respecta a la remuneración, la Ley 24660, Art. 120, establece que, cuando la organización del trabajo este a cargo de una empresa mixta o privada, la remuneración será igual al salario de la vida libre correspondiente a la categoría profesional de que se trate. Así mismo, el Art. 121 distribuye esa remuneración de la siguiente forma:
·         10% para indemnizar los daños y perjuicios causados por el delito, conforme lo disponga la sentencia;
·         35% para la prestación de alimentos, según el Código Civil;
·         25% para costear los gastos que causare en el establecimiento;
·         30% para formar un fondo propio que se le entregara a su salida.
            Si bien no hay norma que distribuya estos gastos en caso de una empresa mixta, mi propuesta es que la empresa beneficiada, aporte el 60% de la remuneración, correspondiente a la prestación de alimentos y a los gastos del establecimiento. Mientras que el Estado se responsabilizaría de solventar los daños y perjuicios causados por el delito, y del fondo para entregar al presidiario en su liberación. 
 

Parte V: Beneficio potenciales del uso de Población presidiaria como Mano de Obra

 

Del Exportador:

            La contratación de un presidiario, implicaría un 40% de reducción en el costo de mano de obra, hecho que impacta fuertemente sobre los costos de producción y, por consiguiente, en el valor del producto final.
            La capacidad de aumentar el nivel de empleados seudo-contratados manteniendo casi el mismo costo, duplicando la producción en medida horas/hombre con un 80% menor costo.
            La posibilidad de reducir el valor de venta del producto, sin perder los márgenes de rentabilidad inicial, volviendo su producto más atractivo en el mercado extranjero, pudiendo incluso, aumentar su capacidad de ventas.
            Incentivo a las inversiones directas y a la contratación de más empleados.
            Otro punto que me parece crucial, sin embargo puede llegar a considerarse polémico, es la deligación del empresario respecto a las obligaciones laborales para con el presidiario, ya que, en primera instancia, si bien trabajaría bajo su techo y supervisión, no sería un empleado bajo su cargo, sino más bien una prestación de servicio por parte del Estado. Siguiendo con esto, en virtud de cuestiones legales, el Artículo 1160 del Código Civil expresa: “No pueden contratar los incapaces por incapacidad absoluta, ni los incapaces por incapacidad relativa en los casos en que les es expresamente prohibido, ni los que están excluidos de poderlo hacer con personas determinadas, o respecto de cosas especiales, ni aquellos a quienes les fuese prohibido en las disposiciones relativas a cada uno de los contratos”. Un caso que no esta previsto en el Art. 1160 es el de los Penados, que indica: “La reclusión y prisión por más de 3 años lleva la inhabilitación absoluta por el tiempo de condena, más la privación de la patria potestad, de la administración de los bienes y el derecho de disponer de ellos por actos entre vivos. Es decir es un incapaz relativo de hecho y se somete a curatela”.
En otras palabras, un presidiario condenado es incapaz relativo de hecho, lo cual lo cohíbe de poder firmar contratos, entre ellos, de carácter laboral.
 

Del Presidiario:

            La actividad laboral no solo le permitiría un ingreso salarial con el cual pueda aportar a su familia, sino que la actividad fuera del complejo carcelario, y más en el campo, afectarían de forma positiva y saludable no solo a su estado anímico, sino también a su psiquis. El trabajo al aire libre, el ambiente de producción, la disminución de niveles de estrés por encierro y hacinamiento, no solo mejorarían la estabilidad emocional del recluso, sino que afectaría positivamente su futura reinserción en la sociedad.

Del Sistema Carcelario:

            La utilización del presidiario como mano de obra para trabajo golondrina, implica el traslado del mismo a otros edificios penitenciarios, dependiendo de la ubicación geográfica del puesto laboral. Esto impactaría fuertemente sobre el hacinamiento, más que nada en las cárceles de Buenos Aires, y el aumento de la denominada “Cultura Presidiaria”, ya que prácticamente la población carcelaria se iría rotando entre instituciones.
            Por otro lado, manteniendo a los presidiarios fuera del establecimiento durante las jornadas laborales, reduciría los niveles de violencia dentro de los establecimientos, a la vez que otorgarían horarios potencialmente disponibles para trabajos de mantenimiento y mejoras en la infraestructura de las prisiones.
            Mediante este sistema, las instituciones carcelarias tendrían un ingreso extra por presidiario ocupado, independiente del presupuesto otorgado por el Estado, ya que el 25% del sueldo del presidiario, seria aportado directamente del empresario al establecimiento.

Del Estado:

            Del Sistema Carcelario: el empleo de los presidiarios, junto con su rotación y descentralización de las cárceles de Buenos Aires, no solo reducirían los altísimos niveles de hacinamiento, distribuyendo los sectores superpoblados hacia otros establecimientos periféricos, sino que además, aumentaría los niveles de higiene y seguridad, no solo para los reos, sino también para el personal penitenciario. De igual modo, el costo por preso se reduciría en un 60%, permitiendo redireccionar ese monto al mantenimiento de los establecimientos presidiarios.
            De la Sociedad: la ocupación de los presos, ayudaría enfáticamente a la reducción en los niveles de stress durante su condena, bajando severamente los hechos de violencia dentro de las prisiones. Así mismo, el estimulo psicológico y mental de los presos reduciría el impacto traumático al momento de la reinserción social y laboral luego de su liberación, factor vital para la disminución en los niveles de reiteración de hechos delictivos para su reinserción carcelaria.
            De la Economía: tal como se menciono anteriormente, se reduciría el costo per cápita en un 60%, ya que el mismo pasaría al empresario beneficiario. por otro lado, el estimulo al aumento de la producción y su posterior exportación, le daría al Estado un aumento en los ingresos derivados de impuestos aduaneros y retenciones de exportación. 
 
 
 

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